Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 423/01-R
Fecha: 09-May-2001
procedente
Que finalizada la audiencia pública el Tribunal declaró procedente el Recurso, fundamentando: 1) Que la autoridad recurrida debió acudir ante los órganos jurisdiccionales planteando las acciones correspondientes, a fin de proteger los montos adeudados por las obras inconclusas y no ordenar el secuestro sin tener jurisdicción y competencia y 2) Que la orden de secuestro sólo alcanza a la planta asfáltica y no a la demás maquinaria.