SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 443/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 443/01-R

Fecha: 18-May-2001

3.

3.  La Resolución que sale a fojas  48 a 51, declara improcedente el Recurso, con estos fundamentos:  1) el Hábeas Corpus tiene finalidades específicas y no puede ser utilizado para corregir procedimientos, “ya que los actos procesales admiten recursos ordinarios, y no pueden ser enmendados o allanados”; 2) el abogado patrocinador del recurrente intervino en la defensa de la Cooperativa en abril de 2000, sin haber hecho valer oportunamente los recursos que la Ley le franqueaba al demandado, sin que se pueda  suplir dicha negligencia con este Recurso; 3) el procesamiento ilegal e indebido se produce por infracción al procedimiento legal establecido y a las formalidades instituidas por Ley,  no correspondiendo a ninguna de estas situaciones el caso de autos, sino que el presente Recurso responde a argucias extralegales, con la pretensión de burlar el pago de beneficios sociales.