Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 457/2001-R
Fecha: 14-May-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120 -7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836 APRUEBA aunque con distinto fundamento la Sentencia de fs. 13 a 14 de obrados, pronunciada el 12 de abril de 2001, por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, dejando sin efecto las costas y multas impuestas por no estar previstas en la Ley Nº 1836.