SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 468/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 468/01-R

Fecha: 17-May-2001

3.

3.   A la conclusión de la audiencia, el Tribunal de Hábeas Corpus, dicta Sentencia a fs. 10-11, declarando procedente el Recurso con el fundamento de que el Juez recurrido al cerrar el término de prueba y no recibir las pruebas ofrecidas dentro del plazo legal, ha conculcado el derecho a la defensa del recurrente, dejándolo en un estado de indefensión, por lo que, velando por el efectivo cumplimiento de las garantías constitucionales debe disponerse que el Juez amplíe el término probatorio por diez días más.