SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 489/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 489/01-R

Fecha: 21-May-2001

a)

Los recurridos informan lo siguiente: a) no han violado ningún derecho de los recurrentes, y menos de  Pastor Baptista, ya que él no es propietario del  terreno, por lo que en el presente Recurso debería actuar mediante Poder; b) el “Dr. Rea” les  aseguró que si interponían una demanda contra los recurrentes tenían el 95% de posibilidades de ganar, pero como ahora es abogado de la parte contraria, dice algo diferente; c) invitaron a Pastor Baptista para  solucionar el problema del terreno, pero no fue posible porque nunca asistió a las reuniones; d) el Voto Resolutivo fue producto de la decisión de una Asamblea, sin que se hayan producido insultos ni amenazas; d) no han cometido destrozo alguno en la supuesta propiedad de los recurrentes,  invitando al Juez de Amparo a efectuar una inspección ocular.