SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 506/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 506/01-R

Fecha: 28-May-2001

1.

1.   Efectuada la audiencia en 3 de abril de 2001, tal como se evidencia en el acta de fs. 30-34, el abogado del recurrente ratifica el contenido de la demanda agregando que un Amparo anterior había dispuesto la reincorporación de su cliente, pero de igual forma pasados más o menos 8 meses fue despedido sin ninguna formalidad o proceso.

Expresa que la situación en la Letra “A” de Disponibilidad del recurrente fenecerá indefectiblemente el 1º de enero  de 2001, dejando de figurar en el presupuesto de pago de haberes de la Policía Nacional. Afirma que existe una contradicción  entre el art. 72 de la referida Ley Orgánica y la opinión del Comandante de la Policía y que lamentablemente el problema  de la jubilación de su defendido no se ha solucionado, por lo que reitera se declare procedente el Recurso, ordenando la restitución de Félix Lucio Cuevas para que pueda gozar de los beneficios que le otorga la Ley.