SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 515/01 - R
Fecha: 28-May-2001
a)
A su turno, los recurridos informaron: a) Que el recurrente fue detenido en posesión de 5 kilos de bicarbonato de sodio, sin contar con documentación que respalde su posesión. En base a este hecho y al informe de la FELCN el Ministerio Público realizó la imputación formal contra el recurrido por la supuesta comisión del delito de transporte de sustancias controladas cuya sanción supera los ocho años de privación de libertad; b) Que de la declaración del recurrente se estableció que no tenía domicilio conocido ni un trabajo, por el contrario éste declaró que vivió en Chile con un nombre falso, ante tales hechos y concurriendo las condiciones exigidas por los arts. 233-1) y 2); 234 y 235 de la Ley Nº 1970 dispusieron su detención preventiva mientras dure la investigación. Medida que es revisable conforme lo dispone el art. 250 del mismo cuerpo legal.