AUTO CONSTITUCIONAL Nº 011/01-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 011/01-CDP

Fecha: 29-Jun-2001

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado  y 94 de la Ley  No. 1836,  ANULA la Resolución cursante de fs. 394 a 396,  dictada el 19 de abril de 2001 por  la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, debiendo emitirse otra que tome en consideración  los aspectos omitidos, según lo fundamentado en el presente fallo.