Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 530/01-R
Fecha: 01-Jun-2001
procedente
Que finalizada la audiencia pública el Tribunal declaró procedente el Recurso fundamentando lo siguiente: 1) Que puede que los recurrentes hayan renunciado, pero no se han presentado las cartas de renuncia y 2) Que el Banco de la Unión, procedió a retirar las firmas de las cuentas corrientes del Municipio de Sapahaqui a petición del Concejo Municipal y en cumplimiento de las instrucciones de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras.