Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 540/01-R
Fecha: 04-Jun-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley No. 1836, REVOCA la Resolución No. 10/2001, cursante a fs. 27 y 28, dictada el 4 de mayo de 2001 por el Juez Segundo de Partido en lo Penal, y declara PROCEDENTE el Recurso interpuesto por Emilio Calle Calle y otros en representación sin mandato de Félix Chauca Chauca, disponiendo que el Juez de Hábeas Corpus califique los daños y perjuicios a favor del representado de los recurrentes de conformidad a lo previsto por el art. 91-VI de la citada Ley.