Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 571/2001-R
Fecha: 08-Jun-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120 -7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836 APRUEBA la Resolución a fs. 12 y vta. de obrados, pronunciada el 16 de mayo de 2001 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba.