SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 587/01-R
Fecha: 15-Jun-2001
2.
2. De fojas 9 a 12 cursa el acta de la audiencia pública realizada el 24 de mayo de 2001, en la que la recurrente, a través de su abogado, ratifica los términos de su demanda y agrega que: a) la primera irregularidad se produjo cuando se designó como investigador del caso a la misma persona encargada de la custodia de unas placas de vehículos sustraídas del escritorio de los funcionarios de DIPROVE, “puesto que no puede ser investigador el principal sospechoso porque compromete su imparcialidad en la investigación; b) “ninguno de los sospechosos, sindicados o de los testigos fue asistido de su abogado”, conculcando el art. 16 de la Constitución Política del Estado en cuanto al derecho a la defensa; c) el Fiscal no estuvo presente en ninguna actuación de las diligencias de Policía Judicial, por lo que las mismas están viciadas de nulidad.