Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 615/01-R
Fecha: 18-Jun-2001
1.
1. Efectuada la audiencia en 9 de mayo de 2001, tal como se evidencia en el acta de fs. 100, el abogado de la parte recurrente se ratificó en su demanda, agregando que las autoridades recurridas han conculcado también las garantías señaladas en los arts. 6-II, 116-II y 32 de la Constitución Política del Estado.