SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 619/01 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 619/01 - R

Fecha: 22-Jun-2001

1.

1.   En su demanda presentada el 11 de abril de 2001 (fs. 106-110), el recurrente manifiesta que se instauró una investigación policial en contra suya y de la empresa que representa ante la denuncia interpuesta por Armando Rosas Guzmán, por la presunta comisión de los delitos de defraudación y evasión de impuestos, la que se tramitó injusta e ilegalmente a sus espaldas durante casi un año, bajo la dirección de las Fiscales Alda Blanco y Silvia Blacutt por expresa delegación de la Fiscal del Distrito.

       Continúa señalando, que pese a que no existen indicios en su contra las recurridas se negaron a archivar obrados o concluir con la investigación para remitir antecedentes al Juez llamado por Ley y, por el contrario, amparadas en la nueva Ley del Ministerio Público pretenden mantener el caso abierto hasta acumularlo a otra denuncia reciente que supuestamente se tramita en la Policía Técnica Judicial, con la ilegal pretensión de mantenerlos en incertidumbre y sometidos a una constante persecución y procesamiento indebidos, sin tomar en cuenta que la nueva denuncia no tiene ninguna relación con el caso que se investiga por casi un año, atentándose flagrantemente contra el principio del NON BIS IN IDEM.

       Por lo expuesto interpone el presente Recurso pidiendo se declare procedente y, como consecuencia, se ordene reparen los defectos legales cometidos en la tramitación de la denuncia ordenando a las autoridades recurridas guarden las formalidades legales, y que en el día se realice el informe en conclusiones disponiendo el archivo de obrados o la remisión del caso a la autoridad llamada por Ley, sea con costas daños, perjuicios y multa de conformidad a lo dispuesto por el art. 91-VI de la Ley Nº 1836.

1)   Que mediante Cite 319/99-2000 de 16 de mayo de 2000, dirigido al Fiscal del Distrito Armando Rosas Guzmán, en su condición de Presidente del Comité de Política Económica y Crediticia ratificó la denuncia verbal efectuada contra el recurrente, a cuya consecuencia se organizaron diligencias de policía judicial que en primera instancia estuvieron a cargo del Fiscal René Ecos Delgado y el Sgto. Felipe Quisbert (fs. 6).