SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 628/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 628/01-R

Fecha: 25-Jun-2001

José Rafael Ledezma  y Pedro Gudiño Chumacero son la misma persona.

En el expediente remitido a este Tribunal  se  evidencia que  el Informe  Pericial Dactiloscópico ha determinado que existe correspondencia entre las huellas dactilares  tomadas al recurrente, que utiliza el nombre de José Rafael  Ledezma  y las que cursan en la tarjeta de registro de conducir de  Pedro Gudiño Chumacero. Asimismo, según lo informado por las autoridades judiciales recurridas,  en el informe complementario de la P.T.J.  se ratifica la conclusión anotada, lo que significa a todas luces que  José Rafael Ledezma  y Pedro Gudiño Chumacero son la misma persona.

Por consiguiente,  la condena dispuesta contra Pedro Gudiño Chumacero o José Rafael Ledezma  deberá ser cumplida por el recurrente, ya que se tiene acreditado que son una misma persona,  no existiendo  detención  indebida, ni acto  ilegal  de parte de los recurridos -que actuaron de conformidad a la normativa legal precedentemente citada-  que pueda hacer procedente este Recurso.