Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 630/01-R
Fecha: 25-Jun-2001
4) A horas 16: 00 del 20 de mayo fueron puestos en libertad los representados de los recurrentes
5) De acuerdo al Certificado de Nacimiento de fs. 32, Marco Antonio Landívar Guzmán tendría 17 años cumplidos. En lo relativo a Wálter Herrera Castro, únicamente cursa un Certificado de Bautismo en el que se constata que el año de nacimiento -1984- se encuentra sobrescrito. Empero, en ambos casos los hijos de los recurrentes son imputables al contar con más de 16 años al momento de la presunta comisión de los hechos ilícitos que se les atribuyen.
- Partes:
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 4
- 2.
- a)
- 3.
- ),el 19 de mayo del año en curso a horas 16:30, personal de DIPROVE detuvo a Marco Antonio Landívar,
- el 20 de mayo a horas 9:00 se informó al Fiscal Adscrito a DIPROVE sobre las referidas aprehensiones,
- 4) A horas 16: 00 del 20 de mayo fueron puestos en libertad los representados de los recurrentes
- CONSIDERANDO:
- POR TANTO:
- PRESIDENTE