Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 635/2001-R
Fecha: 02-Jul-2001
Fragmento 5
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 94 y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución revisada, pronunciada en 10 de mayo de 2001 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.