SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 663/01-R
Fecha: 03-Jul-2001
1.
1. Efectuada la audiencia en 30 de mayo de 2001, tal como se evidencia en el acta de fs. 15-19, la parte recurrente por intermedio de sus abogados ratificó en su integridad los términos de la demanda, señalando que es un asunto netamente civil y que estos aspectos ya fueron examinados por el Tribunal Constitucional en el anterior recurso y que Verónica Ossio fue detenida sólo por ser esposa de Fernando Rodríguez ya que ella nunca firmó el contrato y por otro lado que el contrato firmado por PETROBOL con la Empresa Boliviana de Refinación, estipula una cláusula arbitral y estuvo avalada por una letra de cambio, por otro lado, parte de la obligación fue cubierta por Fernando Rodríguez y que no obstante ello el Juez Cautelar aplicó incorrectamente las medidas cautelares y que el Fiscal al requerir, habla de estafa cuando del texto del contrato se ve que este caso no corresponde a la vía penal, que también el Investigador había actuado al margen de la Ley porque había notificado a los recurrentes con fotocopias y que todo ello va contra los principios del nuevo Código de Procedimiento Penal. En suma todos los recurridos violaron los derechos constitucionales de los recurrentes, por lo que piden se declare procedente el Recurso de Hábeas Corpus.