SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 663/01-R
Fecha: 03-Jul-2001
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Hábeas Corpus dicta Sentencia declarando procedente el Recurso, con el fundamento de que “El Juez Cautelar Segundo de Instrucción en lo Penal al no haber sopesado todos los extremos jurídico-procesales que conforman el sub-lite, considerando que en el mismo se pretende el restablecimiento de un derecho subjetivo privado que ha sido lesionado por una conducta civil, y no por un hecho delictivo, no habiéndose dado los elementos que caracterizan al ilícito de estafa contenido en el art. 335 del Código Penal, para imputar los mismos a los recurrentes, no aplicó el principio del debido proceso ni actuó en forma legal, habiéndose demostrado la existencia de persecución, detención y procesamiento indebidos, arbitrarios e ilegal en contra de los ahora recurrentes”.