Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 675/01-R
Fecha: 09-Jul-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución, cursante a fs. 4 y vta., pronunciada el 2 de junio de 2001 por el Juez Cuarto de Partido en lo Penal y declara IMPROCEDENTE el Recurso.