Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 689/01 - R
Fecha: 09-Jul-2001
3.
3. La Resolución No. 009/2001 de 13 de junio de 2001, que corre de fojas 13 y 14, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: 1) el recurrente, ante la suspensión de la audiencia de medidas cautelares, “tenía franqueado lo previsto en los arts. 400 y 401” de la Ley No. 1970, no habiendo hecho valer su derecho; 2) la Jueza recurrida “trató de enmendar y reiniciar la consideración de lo solicitado” por el ahora recurrente sobre la aplicación de medidas cautelares.