SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 689/01 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 689/01 - R

Fecha: 09-Jul-2001

de modo alguno interfiere, amenaza, restringe o suprime su derecho a la libertad de locomoción

En el caso objeto de examen, el recurrente  goza de libertad provisional al habérsela concedido tiempo atrás bajo fianza económica, por consiguiente,  la suspensión de una audiencia de  consideración de medidas cautelares de modo alguno interfiere, amenaza, restringe o suprime su derecho a la libertad de locomoción,  razón que hace improcedente la otorgación de la protección que brinda este Recurso que está  destinado a  precautelar el bien jurídico libertad.