SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 691/01- R
Fecha: 09-Jul-2001
a)
La Fiscal recurrida informa que: a) no ha tomado conocimiento de la denuncia motivo del Hábeas Corpus, pero de acuerdo al art. 4 de la Ley No. 1075, expresa que se ha demostrado el “vínculo de parentesco, de pareja” (sic) que existe entre la recurrente y el denunciante; b) pone a consideración de la Jueza del Recurso “el cuaderno de investigación” a objeto de que determine lo que fuere de Ley; c) se desempeñó como Fiscal de la P.T.J. de la zona sur desde el 1 de junio del año en curso a horas 11:30, hasta el 4 de junio a la misma hora.
El investigador asignado al caso informa que: a) en 21 de mayo se recibió la denuncia sentada por Claudio Berkowitz Hartman contra la recurrente por robo de dinero, habiéndose procedido a tomar las declaraciones respectivas; b) una vez que el Juez emitió el mandamiento correspondiente, ejecutaron el allanamiento y requisa juntamente con el “Fiscal Dr. Aguilar” (sic).