Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA Constitucional N° 697/01-r
Fecha: 10-Jul-2001
3)
3) Que el 14 de julio de 2000, el Juez demandado dictó Sentencia declarando probaba la demanda e “improbadas las excepciones planteadas” por los demandados ahora recurrentes (fs. 30-31) contra la que los ejecutados no interpusieron Recurso de Apelación, sin embargo, consta de obrados que éstos no fueron notificados personalmente (fs. 30-32).