SENTENCIA Constitucional N° 719/01-r
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA Constitucional N° 719/01-r

Fecha: 16-Jul-2001

6)

6)   Que por Auto de Vista de 4 de abril de 2001, pronunciado por los Vocales de la Sala Penal Primera se ordena la devolución del expediente al Juzgado de origen, en virtud de haberse evidenciado que la Sala Penal Segunda ya se pronunció por Auto de Vista declarando ilegal la apelación, por lo que no se podía considerar aspectos que ya fueron resueltos oportunamente (fs. 151).