Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA Constitucional N° 720/01-r
Fecha: 16-Jul-2001
4)
4) Que el recurrente mediante memoriales presentados el 16 y 17 de mayo, respectivamente solicitó se deje sin efecto la ejecutoria de la Resolución y reiteró la nulidad o reposición del Auto que declara la ejecutoria (fs. 9-10). Solicitudes que fueron decretadas el 17 de mayo del año en curso disponiendo que el recurrente se esté al Auto de ejecutoria (fs. 9 vta. y 10 vta.)