SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 726/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 726/01-R

Fecha: 16-Jul-2001

2.

2.   De  fs.  14 a 16  cursa el acta de audiencia pública realizada el 17 de mayo de 2001, en la cual el recurrente, a través de su abogado, ratifica los términos de su demanda y agrega que: a)  las normas invocadas por  la Fiscal recurrida en el requerimiento de 4 de mayo, no  son atinentes al presente caso, ya que no existe ninguna disposición que le faculte  a  incautar, secuestrar, retener  o apropiarse de la historia clínica, necesitándose para ello la orden de Juez competente; b) los documentos privados de una institución pública no pueden salir a la luz, solamente debe requerirse una fotocopia legalizada o la información correspondiente, que en ningún momento fue negada a la Fiscal; c) se ha conculcado el art. 16 de la Ley Fundamental porque se ha privado a los médicos que “se ven involucrados en un proceso penal” a poder acceder a su derecho a la defensa, pues el único medio de defensa que tienen es la historia clínica de la paciente de la que solamente les quedó fotocopias simples que carecen de  valor probatorio; d) la Fiscal  incurrió en allanamiento ilegal de domicilio, ya que  los Fiscales pueden ingresar a  entidades y locales públicos si tienen la anuencia del director o encargado de la institución, en este caso el ingreso fue  arbitrario y prepotente. Reitera su pedido para que se declare procedente el Recurso.

2)   Ante la solicitud de una orden judicial, la Fiscal efectúo un requerimiento en un papel que ahí mismo solicitó, al Director de dicho nosocomio para que   “ponga a la vista” la documentación aludida, así como la de “los trillizos de la mencionada señora ...  en conformidad a lo establecido por  los arts. 10 y 16 de la Ley del Ministerio Público, bajo prevenciones de Ley”.