SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 729/01-R
Fecha: 16-Jul-2001
1.
1. Efectuada la audiencia en 26 de mayo de 2001, tal como se evidencia en el acta de fs. 40 a 43 de obrados, el abogado de la parte recurrente se ratifica íntegramente en los términos de la demanda, agregando que el contrato se encontraba en la Prefectura el cual ascendía a la suma de Bs. 600.000.-, para el estudio de factibilidad a diseño final del tramo Huari, y que sin embargo éste ha sido reemplazado por otro de Bs. 400.000.-, que es el que se está ejecutando por una persona no autorizada, por lo cual se ha procedido al ocultamiento del contrato de referencia, circunstancia ante la cual al poseer una copia del mismo se ha solicitado su legalización mediante orden judicial, la que se niega dar cumplimiento la Notaria recurrida