Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 729/01-R
Fecha: 16-Jul-2001
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronunció Resolución, declarando improcedente el Recurso, con el fundamento de que la Notaria recurrida actuó en resguardo de la responsabilidad funcionaria, formulando la representación ante la autoridad jurisdiccional, por no cumplir los documentos con los requisitos exigidos para su guarda y protocolización, representación que se encuentra pendiente de resolución por parte de la autoridad judicial.