Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA Constitucional N° 756/01-r
Fecha: 23-Jul-2001
3)
3) Que el recurrente anteriormente planteó Recurso de Amparo Constitucional contra el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, observando el nombramiento del árbitro aplicando la Ley Nº 1770, Recurso que fue declarado procedente y en revisión este Tribunal aprobó dicha Resolución, dejando sin efecto el nombramiento del árbitro y disponiendo la inaplicabilidad de la Ley Nº 1770, por violar el principio de la irretroactividad de la Ley (fs. 87; 90-92).