SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 767/2001-R
Fecha: 23-Jul-2001
Resoluciones manifiestamente contrarias a la Ley
“Que, la Jueza recurrida al dictar Resoluciones manifiestamente contrarias a la Ley, además de adecuar su conducta a las previsiones del art. 173 del Código Penal, ha creado una grave disfunción en la aplicación de la Ley procesal, al provocar con su reiterado comportamiento antijurídico, el uso indebido del Habeas Corpus hasta llegar a constituirse en la modalidad más utilizada por los encausados por narcotráfico para obtener su libertad, por causas no previstas de manera normal en la Ley Procesal, con las graves consecuencias que ello representa para la seguridad jurídica del País; desvirtuando la noble finalidad que el orden constitucional otorga a las garantías constitucionales en todo Estado democrático de derecho; con el antecedente de que este Tribunal en los casos descritos determinó una línea jurisprudencial que no fue asumida por la Jueza recurrida, en clara infracción a lo previsto por el art. 44 de la Ley del Tribunal Constitucional.”