Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 790/01-R
Fecha: 27-Jul-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley N° 1836, REVOCA la Resolución de fs. 75 de 20 de junio del 2001 dictada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de La Paz, y declara PROCEDENTE el Recurso de Amparo Constitucional; debiendo el Juez de la causa, o sea la autoridad judicial recurrida, disponer la ejecución del Auto de fijación de honorarios profesionales.