SENTENCIA Constitucional N° 794/01-r
Fecha: 27-Jul-2001
4)
4) Que los responsables del Área de Coordinación Técnica como el de Recuperación Patrimonial de la Alcaldía de La Paz remitieron el informe CIM-UBM Nº 433/2000 de 19 de febrero de 2001 a conocimiento del Director del Centro de Información Multipropósito, con referencia al caso “Gerardo Ríos Cordero” -recurrente- en el que se efectúa una amplia relación sobre los terrenos ubicados en Huayñajahuira, Calacoto, Cota Cota y otros; estableciendo que existe superposición entre el terreno reclamado por Gonzalo y Guisela Valcarcel del Villar y los terrenos transferidos por Martín Illanes y Manuel Zenteno, así como el adjudicado a la Universidad y por tanto inmerso en propiedad municipal. Haciendo constar que la solicitud de los vecinos de Alto Cota Cota representados por el recurrente y otros sobre dilación del trámite no tenía asidero legal pues el tiempo transcurrido en la investigación y análisis del tema ha posibilitado establecer el procedimiento a seguir (fs.129-136 ).