AUTO CONSTITUCIONAL Nº 278/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 278/2001-CA

Fecha: 13-Ago-2001

rechazando el incidente

Que, con la respuesta  del Fiscal General de la República, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación pronuncia el Auto Supremo de 13 de junio de 2001 rechazando el incidente por encontrarlo manifiestamente infundado, considerando que el incidentista no observó el requisito exigido por el art. 60-3) de la Ley Nº 1836, por cuanto la Resolución impugnada constituye materia principal del proceso contencioso  administrativo; Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley Nº 1836 es elevada en consulta ante este Tribunal.