Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 289/2001-CA
Fecha: 20-Ago-2001
, rechaza promover el incidente
Que, con la respuesta de fs. 90 del expediente, la Jueza de Partido Octavo en lo Civil de Cochabamba, Virginia Rocabado Ayaviri, mediante Auto de 31 de julio de 2001, rechaza promover el incidente en función a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley Nº 1836; Resolución que es elevada en consulta ante este Tribunal por imperio de la misma norma legal.