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    La cual es ordenada mediante Auto Constitucional Nº 250/2001 de 26 de julio de 2001, en el que se dispone la suspensión del cómputo del plazo.
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    La cual es ordenada mediante Auto Constitucional Nº 250/2001 de 26 de julio de 2001, en el que se dispone la suspensión del cómputo del plazo.

    Fecha: 30-Ago-2001

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    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • el Juez sumariante tomó la declaración Indagatoria del recurrente en la audiencia de 20 de marzo de 1992,
    • remitió a la autoridad demandada el Mandamiento de Detención Formal de 9 de marzo de 1996,
    • desde el 24 de marzo de 1992 hasta el 28 de abril de 1996,
    • POR TANTO:

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