SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 814/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 814/01-R

Fecha: 02-Ago-2001

1.

1.   Efectuada la audiencia en  21 de junio de 2001, tal como se evidencia en el acta de fs. 64 a 67 de obrados, el abogado de la parte recurrente se ratifica íntegramente  en los términos de la demanda y la amplía en sentido de que los recurrentes por su calidad de dirigentes sindicales  gozan de la protección del fuero sindical, cuya personería legal y reconocida está avalada por la Dirección  Departamental del Trabajo, no pueden ser objeto de despido sin que con carácter previo  se proceda a su desafuero, circunstancia que motiva planteen este Recurso en reclamo de su derecho a la reincorporación, por cuanto la autoridad recurrida violó la Ley de 7 de febrero de 1944.