SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 815/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 815/01-R

Fecha: 02-Ago-2001

2.

2.   Por su parte el Gobernador recurrido señala en el informe de rigor los siguientes aspectos: a) el recurrente está detenido preventivamente como emergencia de tres procesos por la comisión de los delitos de homicidio en Tarija, en la ciudad de El Alto por lesiones y otro en la Argentina, su país de origen que tramitó su extradición por el que se ordenó su detención preventiva; b) La Jueza Justa Soruco expide mandamiento de libertad dentro del proceso seguido en Tarija por asesinato y también  emite otro mandamiento ordenando su detención preventiva para cumplir con la extradición; c) existe un anterior Hábeas Corpus declarado improcedente en El Alto con identidad de recurrente y objeto, por lo que sugiere se lo declare así el presente Recurso, por tratarse de cosa juzgada.