Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 815/01-R
Fecha: 02-Ago-2001
3.
3. Concluida la audiencia, el Tribunal de Hábeas Corpus pronuncia Resolución que declara procedente el Recurso con el fundamento de que el recurrido cumpla con el mandamiento de libertad expedido por la Jueza de Tarija siempre y cuando no esté detenido por otra causa o exista otra disposición al respecto.