Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 818/2001-R
Fecha: 02-Ago-2001
2)
2) Que, de la documentación adicional solicitada por este Tribunal, se evidencia que a efectos de que los encausados presten su confesoria la recurrida mandó y ordenó al Oficial de Diligencias o a cualquier otra autoridad no impedida de la Provincia “para que haga comparecer” a Gumercinda Quispe Pérez, lo cual consta fue personalmente notificada con dicho mandamiento el 18 de mayo de 2001 a hrs. 16:00, pero al no comparecer para cumplir con ese actuado procesal, el 24 del mismo mes y año, la Jueza recurrida, decretó se expida mandamiento de aprehensión en su contra.