SENTENCIA Constitucional N° 829/01-r
Fecha: 07-Ago-2001
2)
2) Que dentro del proceso de referencia mediante memorial presentado el 10 de junio de 2000, Miguel Guzmán Montaño y Lilian Aramayo Ledezma de Guzmán plantean cuestión previa de falta de tipicidad y prescripción (fs. 421-425), el que previo trámite de Ley fue resuelto por Auto de 26 de agosto de 2000, dictado por el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal aceptando la cuestión previa de prescripción de la acción planteada por la comisión de los delitos previstos en la sanción de los arts. 198, 199, 203, 335 y 346 del Código Penal, así como de la cuestión previa de falta de tipicidad y materia justiciable por la comisión de los mismos delitos, declarándose extinguida la acción disponiéndose el archivo de obrados, el que fue apelado por la empresa recurrente (fs. 515-516).