Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 842/01-R
Fecha: 09-Ago-2001
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara procedente el Recurso, con los siguientes fundamentos: 1)que existen diversas infracciones a normas procedimentales que hacen a la ilegalidad del proceso tanto en primera como en segunda instancia y haberse incurrido en retardación de justicia vulnerando el art. 230 del Código de Procedimiento Civil; 2) ratificada la apelación no se notificó con ulteriores actuaciones a las partes en el domicilio que señalaron, causándoles indefensión violando sus derechos a la defensa y seguridad jurídica.