Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 858/01-R
Fecha: 14-Ago-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la Jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 94 y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución revisada, por ende, ANULA el proceso hasta el estado en que el Concejo Municipal disponga la apertura de un proceso administrativo interno a ser sustanciado por la Comisión de Ética, conforme al art. 35 de la Ley N° 2028. Asimismo, deja sin efecto la Resolución Municipal N° 12/2001 de 8 de junio de 2001 y ordena la inmediata restitución del recurrente al cargo de Alcalde Municipal de Copacabana, debiendo aplicarse el art. 102-II de la Ley N° 1836.