SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 869/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 869/01-R

Fecha: 20-Ago-2001

PROCEDENTE

3.   La Resolución que sale de fs. 48 a 49, declara PROCEDENTE el Recurso con  el fundamento de que el art. 19 de la Constitución Política del Estado y 94 de la Ley Nº 1836 establecen la procedencia del Recurso de Amparo contra los actos ilegales u omisiones indebidas de autoridades o funcionarios que supriman, restrinjan o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías reconocidos en la Constitución y las Leyes.