Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 875/01-R
Fecha: 21-Ago-2001
Fragmento 4
Estima que la actuación “unipersonal” del Juez recurrido es ilegal, pues al disponer su detención preventiva y la incautación de la mercadería, usurpó funciones del Tribunal Aduanero de Sentencia, siendo nulos sus actos de acuerdo al art. 31 de la Constitución Política del Estado, máxime si no tiene competencia en razón de territorio, ya que los supuestos hechos habrían acaecido en Guayaramerín.