Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 888/01-R
Fecha: 27-Ago-2001
17 de mayo de 2001,
5. Que en 17 de mayo de 2001, el recurrente pidió reposición de los autos de 5 de abril y 2 de mayo, bajo alternativa de apelación, recurso que fue rechazado por extemporáneo y porque de conformidad al art. 518 del Código de Procedimiento Civil las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia sólo admiten el recurso de apelación; asimismo, rechazó por extemporánea la apelación alternativa al tratarse de autos interlocutorios simples (fs. 86-92).