Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 888/01-R
Fecha: 27-Ago-2001
Procedente
Previo dictamen fiscal, el Tribunal de Amparo dictó Resolución declarando Procedente el Recurso con el fundamento de que si bien el ejecutado disponía del recurso de compulsa ante la negativa indebida de la apelación, el hecho de encontrarse en reclusión por actos no atribuibles a su persona, indudablemente abre la competencia del Tribunal de Amparo por tratarse de la restricción de un derecho fundamental que debe ser restituido, haciendo cesar la ilegalidad acusada.