AUTO CONSTITUCIONAL N° 26/01-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL N° 26/01-CDP

Fecha: 12-Sep-2001

3.

3.    Que el 20 de febrero de 2001 la recurrente Edelfrida Zurita vda. de Terán  solicitó al Juez de Amparo que en cumplimiento de la Resolución de 14 de julio de 2000 y de la Sentencia Constitucional de 28 de agosto de 2000 se proceda a la calificación de daños y perjuicios (fs. 30), por lo que por auto de 22 de febrero de 2001 se abrió  el término probatorio de 15 días (fs. 30 vta.).