AUTO CONSTITUCIONAL Nº 327/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 327/2001-CA

Fecha: 11-Sep-2001

sin competencia

Que, en el caso que nos ocupa,  el argumento para la interposición del recurso con referencia a la demanda de  nulidad del Auto de Vista Nº 299/01, es el pronunciamiento del Auto impugnado sólo por los Vocales Jesús Rada Chávez y Marlene Terán de Millán, sin competencia, por cuanto al estar conformada la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz por cuatro miembros, para el pronunciamiento  de cualquier resolución de carácter jurisdiccional, conforman quórum tres Vocales y no dos como en el Auto de Vista impugnado.