SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1021/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1021/01-R

Fecha: 21-Sep-2001

procedente

Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Hábeas Corpus de acuerdo con la opinión Fiscal declaró procedente el Recurso fundamentando que no se notificó ni intimó al recurrente con la liquidación, tampoco se impuso el embargo para cubrir el importe de las pensiones devengadas, incumpliéndose con el art. 70 de la Ley Nº 1760, coartándose con ello el derecho al debido proceso previsto en el artículo 16-IV de la Constitución; por consiguiente, el mandamiento de aprehensión y la detención son indebidos.